LA REGULACIÓN E IMPORTANCIA DE LOS MICROSEGUROS INCLUSIVOS EN BOLIVIA

Es importante regular el Mercado de Seguros?. La respuesta a esta interrogante, es un contundente SI, debido principalmente a los siguientes motivos:
  • Las Entidades Aseguradoras administran recursos de terceros quienes son los Asegurados. Estos recursos provienen de los ahorros de los Asegurados y se traduce en la Prima Anticipada que proveen a las compañías aseguradoras, a cambio de una promesa de pago cuando se suscita un siniestro.
  • Las operaciones de seguros se consideran sofisticadas y se suscitan entre agentes que no poseen el mismo grado de conocimiento o acceso a la información. Es así que los contratos de seguros tienen un lenguaje técnico especializado donde el Asegurado generalmente no posee los conocimientos adecuados de seguros respecto al Asegurador.
  • Se pueden suscitar situaciones de Insolvencia que pueden acarrear elevados costos económicos y sociales que son de interés público. Estas situaciones pueden devenir de una mala administración o de riesgos catastróficos o sistémicos que pueden afectar directamente al Patrimonio de los Asegurados. 

Es en este sentido que lo que procura la Regulación de Seguros es:
  • Generar Solvencia, liquidez y sostenibilidad de las Entidades Aseguradoras
  • Proteger los intereses de los Asegurados, Tomadores y Beneficiarios de Seguros
  • Crear un ambiente de estabilidad económica y financiera del Mercado de tal manera de no exponer a riesgos de desconfianza del público en el mercado.
En Bolivia la Regulación se desprende de una norma madre que es la Ley de Seguros 1883 que fue promulgada el año 1998 (hace más de 20 años) cuyo principal objetivo es el de regular la actividad aseguradora para que se cuente con la suficiente credibilidad, solvencia y transparencia, garantizando un mercado competitivo

Esta normativa ha acompañado el crecimiento del Mercado de Seguros generándose primas de 108 millones de dólares el año 2001 a 606 millones de dólares el año 1018, lo cual representa un crecimiento muy significativo en 18 años del 461% (Ver Análisis del Mercado de Seguros Boliviano - 18 años).

Pese a este crecimiento, en los últimos años el Gobierno en vigencia ha generado normativa que no impulsa ni garantiza un mercado competitivo. Estos hechos se concretan con las siguientes acciones:
  • La creación de dos Entidades Aseguradoras del Estado:  El Gobierno ha constituido dos entidades aseguradoras "Univida" y "Unibienes" que por su naturaleza como Entidad del Estado tienen como clientes naturales a entidades del Sector Público, incluidas las Empresas Públicas o Sociedades donde el Estado tiene participación Accionaria mayoritaria. Si bien el discurso del Gobierno es para ganar las cuentas del Sector Público debe existir competencia, en la práctica este aspecto no es evidente, tal es el caso de por ejemplo del Seguro de Desgravamen del Banco Unión que es colocado en Univida o el crecimiento en primas de Unibienes que con solo un año de operación ya tiene una importante participación de mercado.
  • La institución de Seguros Obligatorios administrados solamente por las Entidades del Estado: El Gobierno ha decretado que el SOAT solamente puede ser comercializado por la Entidad de Seguros del Estado, generando para el pesar de la población, falta de Competencia en el mercado y ocasionando ineficiencias de Mercado como es el incremento de Precios del Seguro, reducción en la penetración del Seguro (lo cual ocasiona desprotección a la población) y la falta de control de la Policía (dada la inoperabilidad de la roseta del seguro)  Ver el artículo del Blog - Una Mirada al SOAT en Bolivia.  Asimismo, la creación de la Ley del Seguro Obligatorio de Trabajadores de la Construcción,   si bien es una importante norma que impulsa la contratación de seguros, será comercializado solamente por la Entidad de Seguros del Estado, con lo cual al no existir competencia en el mercado, también generará ineficiencias propias de un monopolio.
Estos hechos concretos afectan directamente a los resultados de las compañías de seguros que participan en el Mercado de Seguros y es en ese sentido que en los últimos meses se han visto restructuraciones en las compañías de seguros privadas con el fin de reducir gastos, con la consiguiente reducción de personal y el incremento del desempleo en esta industria.

Es por este motivo que a raíz de estos eventos inesperados, las Entidades de Seguros Privadas para poder sobrevivir en el Mercado, deberían desarrollar nuevos segmentos de mercado, siendo una oportunidad de crecimiento importante, la implementación de Microseguros Inclusivos, más aún tomando en cuenta que en el Mercado Boliviano la penetración de los seguros alcanzó apenas un 1,55% del PIB el último año 2018 (uno de los más bajos de la región), lo cual denota una falta de cultura del seguro que es importante desarrollar.

Se utiliza el término Microseguros Inclusivos en su sentido más amplio, lo cual se refiere a seguros que permiten incluir a los sectores excluidos o parcialmente atendidos (dada la poca penetración de nuestro mercado en vías de desarrollo) y no solamente de Microseguros que se refiere a seguros exclusivamente para a los pobres o personas de bajos ingresos.

No obstante, la implementación de Microseguros Inclusivos no es tarea facil, dado que conlleva el compromiso no solo de las Aseguradoras privadas, sino también del regulador que debe facilitar una normativa que permita desarrollar este segmento de mercado.

Al revisar la normativa vigente, nos encontramos con que la Ley de Seguros y sus reglamentos no utilizan en ningún sentido el término de Seguros Inclusivos o Microseguros, lo cual se debe a que la normativa data del año 1998. Debiéramos empezar por que nuestra normativa tenga como uno de sus objetivos el generar un Mercado Inclusivo.

Asimismo, los denominados Microseguros actualmente son implementados bajo dos Reglamentos: El Reglamento de Seguros Colectivos y el Reglamento de Seguros Masivos, que fueron emitidos el año 2001 y 2000 respectivamente, lo cual de por si, dada su antiguedad, no se encuentra acorde a la realidad actual del mercado boliviano.

Entre las deficiencias de estos reglamentos se tienen las siguientes:
  • El reglamento de Seguros Colectivos genera que necesariamente debe existir un Tomador de Seguro que tome el seguro por cuenta de los Asegurados, debiéndose emitir necesariamente un Certificado de Cobertura, además de una póliza madre, con lo cual prácticamente no es posible utilizar este reglamento para la implementación de seguros dirigidos directamente a las personas naturales.
  • El reglamento de Seguros Masivos si bien permite la comercialización de seguros a segmentos desatendidos, limita el desarrollo de nuevos productos debido a que restringe la contratación de seguro a determinados límites y ramos de seguro, impidiendo por ejemplo desarrollar productos con mayor valor para los asegurados. Este reglamento también es inflexible en cuanto al cobro de primas y la forma de emisión del contrato de seguro, lo cual también impide el desarrollo de productos creativos que se ajusten a las necesidades de los Mercados desatendidos de la sociedad.
Es por este motivo que para el desarrollo de Microseguros Inclusivos es muy importante la generación de normativa que como mínimo contemple los siguientes aspectos:
  • La definición de lo que se entiende un Microseguro Inclusivo
  • El papel de las Entidades Aseguradoras e Intermediarios de Seguros
  • La apertura de canales de distribución que permita llegar a mayores segmentos de la sociedad.
  • La simplificación del Registro de Productos para su comercialización y las características mínimas del contenido del contrato de seguros.
  • La permisibilidad del uso de tecnología que permita simplificar la comercialización, el pago de primas y el cobro de siniestros.
  • Reglas claras de protección al asegurado y la responsabilidad que tiene cada actor que participa en la implementación del producto.
  • Las reglas del juego para generar Educación, no solo por parte de las compañías sino también del regulador.
  • El reporte de información que permita conocer cual es el comportamiento de este mercado y permitan generar ratios de seguimiento a la producción, siniestralidad, frecuencia y severidad.
Por su puesto que no solo la normativa podrá generar el desarrollo de Microseguros Inclusivos, sino también el compromiso de todos los actores del Mercado, principalmente del Sector Asegurador generando productos diseñados para la sociedad e invirtiendo en Tecnología que permita reducir sus costos de colocación y administración de siniestros y participando también en campañas de Educación de Seguros y Gestión de Riesgos, ya sea de manera individual o a través de su Asociación.

Finalmente lo que se pretende es que con el desarrollo de los Microseguros Inclusivos se genere un Desarrollo Socioeconómico de la Sociedad, pero también las aseguradoras deben generar a futuro rentabilidad, de tal manera de que sea una solución sostenible a largo plazo.

David Bellido

Comentarios

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